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Método ROPA: Recepción de los óvulos de la pareja

Método ROPA

La recepción de óvulos de la pareja (método ROPA) permite que una pareja formada por dos mujeres comparta la maternidad. Una de ellas aportará los óvulos (madre genética) y la otra aportará el útero (madre biológica). Por tanto, ambas tendrán los mismos derechos y obligaciones sobre el recién nacido.

El embrión va a proceder de los óvulos de una de las mujeres y del semen procedente de un banco de donantes.

Método ROPA: Tipología de pacientes

Entre las indicaciones de la recepción de los óvulos de la pareja (ROPA), observamos diferentes casos de parejas de mujeres:

  • Casos en los que alguna de ellas tiene limitada la reserva ovárica o presenta afectación uterina que limitan la posibilidad de gestación.
  • Parejas de mujeres casadas que desean compartir la maternidad, sin una justificación médica por ninguna de las dos.
  • Parejas de mujeres casadas que no han tenido éxito con otras técnicas de reproducción asistida.

Método ROPA: ¿Cómo se desarrolla el proceso?

La mujer que aporta los óvulos se someterá a una estimulación ovárica (se aplicará medicación vía subcutánea, durante una duración media de 10 días) con control ecográfico hasta que se proceda a la recuperación de los ovocitos (óvulos), mediante punción ovárica (bajo control ecográfico, con una sedación en quirófano y previa maduración ovocitaria, con una medicación subcutánea, 36 horas previas a la punción).

Para la fecundación de los óvulos se empleará semen de un banco de donantes. Se transferirán así los embriones generados a la mujer que llevará el embarazo. Anteriormente se habrá llevado a cabo una preparación de su endometrio en un ciclo natural (sin medicación para hacer crecer el endometrio) o en un ciclo sustituido (damos estrógenos para que crezca el endometrio).

La fecundación de los ovocitos recuperados se realiza habitualmente mediante microinyección del espermatozoide en el interior del óvulo (ICSI).  Puede también realizarse una FIV Clásica. En este proceso, el ovocito es puesto en contacto con una cantidad adecuada de espermatozoides para que se produzca la fecundación.

Trasferencia embrionaria y prueba de embarazo

La transferencia embrionaria podrá realizarse “en fresco” (sin necesidad de vitrificar los embriones) si se coordina el ciclo de la mujer que aporta los óvulos con el ciclo de la mujer que recibe la transferencia embrionaria.

Esta transferencia puede realizarse en un ciclo “en diferido” si no se van a coordinar los ciclos de ambas mujeres. Para ello, en un primer tiempo se generarían los embriones, que serían vitrificados. A continuación, en un segundo tiempo se prepararía el endometrio de la mujer que recibe la transferencia embrionaria.

La paciente a la que se le va a transferir llevará una preparación endometrial. Se tratará generalmente en un ciclo sustituido, con estrógenos inicialmente y con progesterona una vez que el grosor endometrial es el adecuado. De este modo, el endometrio (capa interna que tapiza el útero y donde implanta el embrión) estará listo y receptivo en el momento de la transferencia embrionaria.

El embrión o los embriones transferidos lo son habitualmente en día 5 de evolución (etapa de blastocisto), no precisándose anestesia para la realización de la misma.

Los embriones no transferidos serán vitrificados (congelación ultrarrápida a – 196º C) para su posterior empleo cuando sea requerido.

A los 10-12 días de la transferencia embrionaria se puede realizar la prueba de embarazo en sangre, y si esta es positiva, dos semanas después se puede realizar una ecografía transvaginal, en la que se podrá visualizar saco gestacional y embrión, y se podrá escuchar el latido embrionario.

Tasas de embarazo del método ROPA

Las tasas de embarazo del método ROPA van a depender, lógicamente, de las características de las mujeres implicadas en el procedimiento. La edad de la mujer que aporta los óvulos es el factor pronóstico más importante.

Recomendaciones

Los servicios jurídicos de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF) desaconsejan este método en parejas de mujeres no casadas. Se considera que se podría estar vulnerando el anonimato de la donación de gametos.

Cabe recordar que este método no está regulado en la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida. Además, la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida tampoco se ha pronunciado oficialmente al respecto

Firmado: Dr. José Mª Martín Vallejo (Especialista en Obstetricia y Ginecología, nº colegiado 464619238. Experto en Reproducción Asistida y miembro de la SEF.

Si quieres más información sobre el tratamiento, no dudes en contactarme.

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